INGRESO TEMPORAL DE VEHÍCULOS CON FINES TURÍSTICOS


Al ingresar al Perú deberás presentarte con tu vehículo ante la autoridad aduanera con los siguientes documentos:

  • Libreta de Pasos por Aduana o el Carnet de Passages en Douannes, emitido por las asociaciones automovilísticas autorizadas, si no cuentas con la Libreta de Pasos presenta el Registro Provisional Anticipado de Datos - Vehículo de Turismo que puedes generar en la APP SUNAT o en el Portal www.sunat.gob.pe.
  • Documento oficial presentado ante la autoridad migratoria en el país, en el que conste el plazo de estadía otorgado por dicha autoridad.
  • Tarjeta de inscripción o de propiedad del vehículo (expedida por la autoridad competente del país de origen), o contrato de arrendamiento o documento expedido por el propietario que acredite la posesión del vehículo, en el que conste su plazo de vigencia, legalizado por el consulado peruano o apostillado por la autoridad competente en el país de inmatriculación del vehículo.
  • Documento de transporte (si el vehículo arriba como carga).
Importante:
  • El ingreso, salida y permanencia de los vehículos con fines turísticos no están afectos al pago de impuestos.
  • Para el ingreso o salida temporal de los vehículos con fines turísticos, no se aplicarán las prohibiciones o restricciones relativas a la importación o exportación, sin embargo, estos tienen la obligación de ser retirados o retornados al país dentro del plazo autorizado.


¿Cuál es el plazo de internación temporal para los vehículos con fines turísticos?

El plazo es el otorgado por la autoridad aduanera en el Certificado de Internación Temporal, es el mismo plazo de estadía otorgado por la autoridad migratoria. En caso la autoridad migratoria no haya otorgado un plazo de permanencia a los peruanos residentes en el exterior, se les permite el ingreso del vehículo hasta por 90 días calendario.

¿Se puede solicitar prórroga del plazo de internación temporal del vehículo?

Sí, puedes solicitar la prórroga a Aduanas, para ello previamente deberás obtener la prórroga de la estadía en calidad de turista ante Migraciones y luego remitirla junto con el Formato para Solicitud de Prórroga .

¿Qué pasa si vencido el plazo de internación temporal no retiras tu vehículo del Perú?

El beneficiario tiene la obligación de retirar el vehículo del país dentro del plazo autorizado, el incumplimiento de esta obligación es considerado una infracción sancionada con el comiso (privación definitiva de la propiedad de las mercancías, desposesión del vehículo, a favor del Estado) del vehículo, no obstante, ello, dicho vehículo podrá ser retirado del país si dentro de los treinta (30) días hábiles posteriores al vencimiento del referido plazo, el beneficiario cumple con pagar la multa equivalente al 0.2 de la unidad impositiva tributaria (UIT) , para lo cual deberá solicitar su emisión a la Intendencia de Aduana de ingreso. Si habiéndose cancelado la multa el beneficiario no retira del país el vehículo dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes ni lo ingresa a un depósito temporal, cuando vaya a salir como carga, procederá el comiso del vehículo.

¿Qué debes hacer si por algún motivo debes ausentarte del Perú sin tu vehículo?

Si durante la vigencia del Certificado de Internación Temporal, tuvieras que ausentarte del Perú sin tu vehículo, deberás solicitar la suspensión del plazo a la autoridad aduanera, presentando los siguientes documentos:

  1. Formato para Solicitud de Suspensión
  2. Contrato de depósito u otro documento que ha suscrito con el titular del inmueble donde ha depositado el vehículo, en el que conste la dirección de dicho inmueble y las obligaciones que asumen ambas partes
  3. Certificado policial por la constatación de la dirección del titular del inmueble donde se quede depositado el vehículo.
Importante:
  • La autorización de la suspensión del plazo, se notificará al titular del inmueble donde quedó depositado el vehículo.
  • El vehículo depositado es una garantía prendaria a favor de la Aduana.
Recuerda: Cuando retornes al país, deberás solicitar a la autoridad aduanera la autorización para la libre circulación y salida de tu vehículo remitiendo el Formato para Solicitud de Levante de Suspensión.

¿Qué debes hacer al finalizar tu viaje, para retirarte del Perú con tu vehículo?

Dentro del plazo autorizado, debes presentarte con tu vehículo ante la autoridad aduanera para la verificación documentaria y la revisión del mismo, con los siguientes documentos:

  • Libreta de Pasos por Aduana o Certificado de Internación Temporal.
  • Pasaporte o documento de circulación interna para turistas.
  • Documento de transporte, en los casos que corresponda.

¿Qué pasa si durante el plazo de internación temporal tu vehículo sufre un accidente?

En este caso, deberás acreditar vía expediente adjuntando los documentos sustentatorios pertinentes ante la autoridad aduanera de la jurisdicción donde se suscitaron los hechos a efectos que previo al pronunciamiento de la administración aduanera se efectúen las constataciones correspondientes. De ser favorable la solicitud mediante acto administrativo se dispondrá se proceda con la regularización del régimen por destrucción total o parcial del vehículo; de lo contrario, el beneficiario deberá retirar el vehículo del país dentro del plazo autorizado.

¿Cuáles son los documentos que deben presentar los ciudadanos en el Marco del Convenio Perú – Ecuador, para el ingreso temporal de vehículos con fines turísticos al Perú?

En el caso de ciudadanos ecuatorianos, dentro del convenio Binacional Perú- Ecuador, para solicitar la Constancia de Ingreso Vehicular (CIV) por el tránsito transfronterizo (ingreso a Tumbes, Piura y Cajamarca), o el Documento Único de Internación temporal (DUIT) por el tránsito binacional (ingreso al resto del Perú), deberán presentar los siguientes documentos:

  • Pasaporte o Tarjeta Andina de Migraciones (TAM) con la autorización de Migraciones Perú.
  • Documento de identidad, si eres peruano residente en el exterior debe constar tu residencia fuera del país.
  • Licencia de conducir vigente por el tiempo de permanencia en Perú.
  • Matrícula o tarjeta de propiedad del vehículo, cuando el conductor sea el propietario del vehículo, en caso no sea propietario del vehículo, tendrá además que presentar carta poder notarial y contrato de alquiler original o copia notariada, en el que conste la vigencia del contrato.